LLAMADO MINISTERIO DE ECONOMÍA (MEF) -1 CONSULTOR INDIVIDUAL- OCTUBRE 2011

El Consultor individual deberá contar con nacionalidad de un país miembro del B.I.D.; tener título profesional universitario; contar con excelente reputación internacional; hablar y escribir correctamente el idioma español; tener amplia y reconocida experiencia y participación en procesos de reestructura de Organismos gubernamentales, encargado de elaborar el diagnóstico organizacional, diseñar e implementar reestructuras administrativas y de funcionamiento y formular una planificación a corto, mediano y largo plazo, que le hayan permitido desarrollar habilidades para plantear soluciones a problemas estructurales en los ámbitos de dirección, administración y ejecución. Se tomarán en consideración la experiencia vinculada a la gestión de la calidad, docente y las publicaciones relacionadas con el
objeto del contrato.

Plazo estimado y lugar de la contratación
Duración de la Consultoría: La consultoría tendrá una duración de 120 (ciento veinte) días, con un mínimo de 82 (ochenta y dos días hábiles, a partir del XX de XXX de 2011. Se define día hábil como el día laborable comprendido entre lunes y viernes.

Los días requeridos para el análisis y aprobación de los informes por parte del Comité Coordinador se agregarán a la duración total estimada.
 
Lugar de trabajo: Montevideo, República Oriental del Uruguay. Auditoría Interna de la Nación - Ministerio de Economía y Finanzas, el consultor podrá realizar fuera del Uruguay tareas relacionadas a la elaboración de informes y otras que no requieran su presencia física en Uruguay.


Remuneración
El consultor percibirá la suma de US$ 36.066.00 por todo concepto: honorarios, pasajes, locomoción, alojamiento, gastos de manutención y viáticos. El impuesto al valor agregado (I.V.A.), asciende a U$S 7.934.00 (22% sobre el referido monto percibido por el consultor).
Será de cargo del consultor el impuesto a las rentas que grava las actividades de las personas físicas, distinguiéndose dos situaciones: “Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas – IRPF” para consultores con domicilio en el país e “Impuesto a las Rentas de los No Residentes - IRNR” (tasa máxima 12%) para consultores domiciliados fuera del país.
El consultor será responsable de contar con un seguro médico que ofrezca una cobertura total de salud y accidentes durante la vigencia del contrato.

Bases completas:  


Related post

Disqus comments:


Facebook comments:

Comentarios