Apertura: | ------ |
Cierre: | -27/03/2016 |
Organismo: | -Laboratorio Tecnológico del Uruguay - Latu - |
Id del llamado: | -1709 |
Departamento/s: | -Montevideo |
Cargo/s: | -Consultor |
Nº. de puestos: | ------ |
Modalidad de contratación: | ------ |
Requisitos: |
- Principales conocimientos, experiencias y habilidades generales
a. Educación de nivel terciario en carreras que aporten una clara formación en Procesos y Proyectos. b. Deseable: Maestría en Administración de Empresas, Gestión de la Innovación, Gestión Tecnológica o similares c. Capacidad de manejo de conflictos y técnicas de negociación d. Experiencia como consultor en temáticas relacionadas con la gestión empresarial: planificación estratégica, gestión de procesos, gestión de proyectos, mejora continua, etc. e. Deseable: experiencia como consultor/evaluador/auditor en ISO 9000, en Sistemas Integrados, en ISO 17025, ISO 14000, OHSAS 18000, etc. o como evaluador de otros modelos de gestión f. Manejo de PC a nivel de usuario: Office completo g. Experiencia en Gerenciamiento de Proyectos y en Gestión del Conocimiento h. Persona ejecutiva, con espíritu innovador, buen administrador de recursos humanos y técnicos El consultor postulante deberá contar con conocimientos y experiencia demostrable en una o varias de las siguientes áreas de conocimiento: a. Técnicas de creatividad para generación y priorización de ideas de innovación en las empresas b. Elaboración de planes de negocios c. Elaboración de planes estratégicos de innovación d. Formulación y gestión de proyectos de innovación e. Aplicación de técnicas de inteligencia competitiva (vigilancia tecnológica, vigilancia estratégica y/o prospectiva) f. Aplicación de sistemas de gestión de la innovación en empresas y/o instituciones públicas o privadas |
Remuneración: | ------ |
Carga horaria: | ------ |
Inscripción: | -Online-sin previo registro Completar formulario en la web del Latu. |
Fuente: | - Web del Latu (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.