
| Apertura | -08/12/2016 |
| Cierre: | -25/12/2016 |
| Organismo: | -Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca - Mgap - |
| Id del llamado: | ------ |
| Departamento/s: | -Montevideo |
| Cargo/s: | -Desarrollador para el Área de Desarrollo y Testing |
| Nº. de puestos: | -1 |
| Modalidad de contratación: | -Consultoría |
| Requisitos: | Deberá contar con el título de Analista Genexus (excluyente) y certificar experiencia mínima de 1 año en el uso de la herramienta en aplicaciones web con Genexus Versión XEv1 o superior. 1. Ser ciudadano natural o legal (Art. 76 de la Constitución de la República) y/ o ser de nacionalidad de un país elegible por el BIRF. 2. Ser empresa unipersonal de servicios personales. 3. No ser funcionario público, excepto los docentes, quienes podrán ser contratados siempre que no superen en conjunto las 60 horas semanales, ni haya superposición en los horarios. 4. En caso de ser funcionario público no se aceptará la solicitud de licencia sin goce de sueldo para acceder a este cargo. 5. Si no es funcionario público y posee un vínculo con el Estado, podrá celebrar contratos de arrendamiento de servicios o de obra, siempre que no superen en conjunto las 60 horas semanales, ni haya superposición en los horarios. La persona contratada no podrá trabajar en el mismo Inciso del Proyecto y su contratación no podrá generar conflicto de intereses. 6. En ningún caso la persona seleccionada podrá poseer vínculos familiares con el Coordinador del Programa o con otra persona que tenga un contrato vigente dentro del mismo proyecto con una función superior o subordinada en la vía jerárquica a la del contrato a suscribir. Se entiende por tal, ser cónyuge, concubino o concubina o tener un vínculo de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad. |
| Remuneración: | -$u 69.343 |
| Carga horaria: | -40 horas semanales. |
| Inscripción: | - Completar formulario en la web del Mgap. |
| Fuente: | - Web de Uruguay Concursa (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.