Apertura | -02/01/2017 |
Cierre: | -31/01/2017 |
Organismo: | -Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca - Mgap - |
Id del llamado: | -191/2016 |
Departamento/s: | -Montevideo |
Cargo/s: | -Técnico Informático |
Nº. de puestos: | -1 |
Modalidad de contratación: | -Contrato de Provisoriato. 15 meses. Posibilidad de presupuestación. |
Requisitos: | Generales obligatorios Poseer Cédula de Identidad vigente. Ser ciudadano natural o legal en las condiciones establecidas en la Constitución de la República. Tener 18 años de edad o más al cierre del período de postulación y acreditar el voto correspondiente al último acto electoral obligatorio. Poseer Carné de salud básico, único, obligatorio y vigente, el cual deberá ser presentado en caso de ser contratado. Completar el formulario de inscripción del Llamado con los datos que se indican en la página Web del portal “Uruguay Concursa”: www.uruguayconcursa.gub.uy Excluyentes A. - Formación: Titulo de Técnico en Redes y Telecomunicaciones ó su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente; Ó Bachiller Tecnológico en Mantenimiento y Procesamiento Informático (Bachillerato Tecnológico – Plan 1997) ó su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente; Ó Bachiller Tecnológico en Informática (Educación Media Tecnológica – Plan 2004); Ó Analista Programador ó su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente; Ó Programador ó su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente; B.- Experiencia: Igual o superior a 1 (un) año en tareas vinculadas a las descriptas en el puesto. |
Remuneración: | -$u 24.321 |
Carga horaria: | -40 horas semanales. |
Inscripción: | - Completar formulario en la web del Mgap. |
Fuente: | - Web de Uruguay Concursa (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.