Apertura | -13/01/2017 |
Cierre: | -25/01/2017 |
Organismo: | -Ministerio del Interior |
Id del llamado: | ------ |
Departamento/s: | -DNEP, Unidad Operativas y despliegue territorial en la fase de praxis pre-profesional.- |
Cargo/s: | -Oficial de Policía |
Nº. de puestos: | -50 |
Modalidad de contratación: |
-Presupuestado
|
Requisitos: |
EXCLUYENTES
A. - Formación: Tener aprobado al momento de la inscripción, sin asignaturas pendientes, el Ciclo de Educación Media Superior (6to. Año de Secundaria Completa, Bachillerato) o su equivalente en CETP-UTU, en cualquiera de las orientaciones de Instituciones Públicas o Privadas, habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura.- GENERALES OBLIGATORIOS El llamado es público y abierto a todas las personas que reúnan el perfil solicitado, debiendo cumplir con los siguientes requisitos generales y obligatorios a proveer: Ser ciudadano natural o legal con más de tres años de ejercicio. 18 a 35 años de edad (al momento de la inscripción). Estar inscripto en el Registro Cívico Nacional. Poseer las condiciones psicofísicas necesarias para el desempeño de la función. Acreditar buena conducta Documentación vigente. |
Remuneración: | -$29.669,17 (Pesos Uruguayos Veintinueve mil seiscientos
sesenta y nueve con 17/100) nominal, incluyendo las
partidas por presentismo y compromiso de gestión, a
valores de enero 2016, además de una partida nominal
mensual de $1.304,67 (Pesos Uruguayos Mil trescientos
cuatro con 67/100), por tareas directas de prevención y
represión del delito.- |
Carga horaria: | ------ |
Inscripción: | Se realizará exclusivamente a través de la página web del Ministerio del
Interior (www.minterior.gub.uy), DESDE EL DÍA V iernes13 de Enero al Miércoles 25 de
Enero de 2017, debiendo completar el formulario respectivo.- |
Fuente: | - Web del Ministerio del Interior (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.