
| Apertura | -01/02/2017 |
| Cierre: | -15/02/2017 |
| Organismo: | -Ministerio del Interior |
| Id del llamado: | -0027/2017 |
| Departamento/s: | -Montevideo (?) |
| Cargo/s: | -Profesional Informático |
| Nº. de puestos: | -1 |
| Modalidad de contratación: |
-Contrato de Provisoriato.
15 meses en régimen de contrato de provisoriato. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario podrá ser incorporado en un cargo presupuestado. |
| Requisitos: |
GENERALES OBLIGATORIOS
El Llamado es público y abierto a todas las personas que cumplan con los siguientes requisitos generales establecidos:
Poseer Cédula de Identidad vigente.
Ser ciudadano natural o legal en las condiciones establecidas en
la Constitución de la República.
Tener 18 años de edad o más al cierre del período de
postulación y acreditar el voto correspondiente al último acto
electoral obligatorio.
Poseer Carné de salud básico, único, obligatorio y vigente,
el cual deberá ser presentado en caso de ser contratado.
Completar el formulario de inscripción del Llamado con los
datos que se indican en la página Web del portal “Uruguay
Concursa”: www.uruguayconcursa.gub.uy
EXCLUYENTES – Formación: Título de Ingeniero/Licenciado en Computación con un mínimo de 4 (cuatro) año de duración, expedido por la Universidad de la República o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente. Ó Ingeniero/Licenciado en Sistemas con un mínimo de 4 (cuatro) año de duración, expedido por la Universidad de la República o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente. B.- Experiencia: Igual a 1 (un) año en tareas similares al puesto concursado en el ámbito público y/o privado. |
| Remuneración: | -$ 83.889 😀 |
| Carga horaria: | ------ |
| Inscripción: | -Online - previo registro En la web de Uruguay Concursa |
| Fuente: | - Web de Uruguay Concursa (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.