Apertura | -14/08/2017 |
Cierre: | -04/09/2017 |
Organismo: | -Ute |
Id del llamado: | -917016 |
Lugar: | |
Cargo/s: | -Técnico Comercial |
Nº. de puestos: | -9 |
Modalidad de contratación: | -Ingreso como funcionario público. |
Requisitos: | Tener como mínimo 18 años cumplidos al cierre del plazo de inscripción. Tener secundaria completa (sin previas), o equivalente nivel en alguno de los siguientes cursos de CETP (ex – UTU): -Curso Técnico en Administración (Plan 1989) -Bachillerato Técnico Administrativo Comercial (plan 1992) -Bachillerato Tecnológico opción Administración y Servicios (Plan 1997) -Bachillerato en Administración (EMT Plan 2004-2005) Tener 3er. año aprobado , sin materias pendientes, del Segundo Ciclo de cursos equivalentes a los mencionados, impartidos por Instituciones Privadas que se encuentren habilitados por el CETP (ex – UTU). Al momento de la toma de posesión del cargo el postulante que resulte seleccionado, no podrá poseer cargo o función pública remunerada, excepto el de docente, no pudiendo tener una acumulación mayor a 60 horas semanales entre ambas actividades. Al momento de la toma de posesión del cargo, su designación estará condicionada a lo dispuesto por R 09.-1643 del 23-12-09 numerales 1°, 4° 7°1 . A su vez no se aceptarán las inscripciones de quienes mantengan las definidas relaciones de parentesco, matrimonio o concubinato con algún miembro del Comité Evaluador. A través del formulario de inscripción accederá al texto del documento, debiendo indicar la opción que corresponda. La inscripción se tomará como NOTIFICACIÓN, siendo responsable el/la aspirante de la veracidad de la información brindada. |
Remuneración: | $u 36.000 |
Carga horaria: | - Jornada de 8 horas diarias dentro del horario comprendido de 7 a 20 horas, con derecho a descanso de 45 minutos |
Inscripción: | -Online - sin previo registro Completar formulario en la web de Ute |
Fuente: | - Web de Ute (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.