Apertura | -22/08/2017 |
Cierre: | -10/09/2017 |
Organismo: | -Ministerio del Interior |
Id del llamado: | Nro. 0408-01/17 |
Lugar: | Colonia |
Cargo/s: | -Agente Eventual Subescalafón Ejecutivo |
Nº. de puestos: | -26 |
Modalidad de contratación: | -Contrato de un año de duración, pudiendo ser prorrogado automáticamente por períodos iguales, previa evaluación de desempeño |
Requisitos: |
REQUISITOS GENERALES Y OBLIGATORIOS
El llamado es público y abierto a todas las personas que reúnan el perfil solicitado, debiendo cumplir con los siguientes requisitos generales y obligatorios a proveer: • Ser ciudadano natural o legal con más de tres años de residencia continuada. • 18 a 35 años de edad (al momento de inscripción) • Domiciliarse en el Departamento de: Colonia • Estar inscripto en el Registro Cívico Nacional • Poseer las condiciones psicofísicas necesarias para el desempeño de función. • Acreditar buena conducta. • Ciclo básico de enseñanza secundaria (con la totalidad de las materias aprobadas) o su equivalente en CETP – UTU. • Documentación vigente. EXCLUYENTES A- Formación: Ciclo Básico de Enseñanza Secundaria (con la totalidad de las materias aprobadas o su equivalente en CETP – UTU) B- Experiencia: No requerida. C- Otros: Residencia: Departamento de Colonia |
Remuneración: | -Equivalente a un salario mínimo nacional durante el período de
formación y capacitación hasta su ingreso al cargo. Una vez aprobado el curso de formación: $32072,49 (Pesos Uruguayos treinta y dos mil setenta y dos con 49/100) nominal, incluyendo partida de presentismo y compromiso de gestión, a valores de enero 2017, además una partida nominal mensual de $1410,35 (Pesos Uruguayos mil cuatrocientos diez con 35/100), por tareas directas de prevención y represión del delito. |
Carga horaria: | -48 horas semanales |
Fuente: | - Web del Ministerio del Interior (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.