Apertura | -07/09/2017 |
Cierre: | -07/10/2017 |
Organismo: | -Ministerio del Interior |
Id del llamado: | -04-015-L01/17 |
Lugar: | Río Negro |
Cargo/s: | -Ejecutivo |
Nº. de puestos: | -18 |
Modalidad de contratación: | -Presupuestado. El plazo del presente contrato es de 1 año, renovable automáticamente por iguales períodos. |
Requisitos: |
REQUISITOS GENERALES Y OBLIGATORIOS
El llamado es público y abierto a todas las personas que reúnan el perfil solicitado, debiendo cumplir con los siguientes requisitos generales y obligatorios a proveer: Ser ciudadano natural o legal con 3 años de ejercicio o mas. 18 a 35 años de edad. Documento de Identidad vigente. Domiciliarse en Departamento de Rio Negro, con especial interés personas residentes en la Ciudad de Young. Estar inscripto en el Registro Cívico Nacional.(Credencial Cívica). Poseer las condiciones psicofísicas necesarias para el desempeño de la función. Acreditar buena conducta (Certificado de Buena Conducta). Ciclo básico de enseñanza secundaria (con la totalidad de las asignaturas aprobadas) o su equivalente en CETP – UTU. EXCLUYENTES A. - Formación: Ciclo básico de Enseñanza Secundaria (con la totalidad de las materias aprobadas o su equivalente en CETP -UTU) B.- Experiencia: no requerida. C.- Otros: Residir en el Departamento Rio Negro. |
Remuneración: | $32.072,38(Pesos Uruguayos Treinta y dos mil setenta y dos con 38/100) nominal, incluyendo las partidas por presentismo y compromiso de gestión, a valores de enero 2017, además de una partida nominal mensual de $1.410,35 (Pesos Uruguayos Mil cuatrocientos diez con 35/100), por tareas directas de prevención y represión del delito. |
Carga horaria: | -48 horas semanales, en régimen de 8 horas diarias, con un día de descanso semanal. |
Inscripción |
Online
Completar formulario en la web del Ministerio del Interior
|
Fuente: | - Web del Ministerio del Interior (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.