Apertura | ------ |
Cierre: | -25/09/2017 |
Organismo: | -Obras Sanitarias del Estado - Ose - |
Id del llamado: | -Ref. 50/17 |
Lugar: | -El consultor desarrollará sus tareas en la Sede Central (Edificio Cordón) de OSE o en otro
lugar a convenir de acuerdo a las necesidades del servicio. |
Cargo/s: | - Técnico en Gestión Ambiental |
Nº. de puestos: | -1 |
Modalidad de contratación: | -Tipo de contratación La contratación del consultor se hará mediante un contrato de servicios de Consultoría enmarcado en lo establecido en las Normas: Selección y contratación de consultores con préstamos del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por prestatarios del Banco Mundial" ("Normas para selección y contratación de consultores") publicadas por el Banco Mundial en enero de 2011. Plazo estimado de la contratación La duración del contrato de arrendamiento de servicios será de doce (12) meses contados a partir de su suscripción, prorrogable dentro del plazo de ejecución de esta componente, a criterio de OSE, siempre y cuando no medie objeción en contrario del consultor. |
Requisitos |
Requisitos mínimos para ser considerado (excluyentes)
Formación: Título Profesional Universitario, aprobado por el Ministerio de Educación y Cultura, en las carreras de Ingeniería Civil, Arquitectura u otras profesiones relacionadas, en la medida que se demuestre su vinculación a la gestión ambiental de obras. Experiencia: 2 años de experiencia profesional mínima acreditada en tareas específicas vinculadas al cargo en el ámbito público o privado. Disponibilidad para viajar periódicamente al Interior del país. |
Remuneración: | -$u 56.812 + Iva |
Carga horaria: | -36 horas 15 minutos mensuales |
Inscripción: | -Los/as interesados/as deberán enviar su CV en el formato que se detalla más adelante, hasta el día 25 de setiembre de 2017 inclusive, a la dirección de correo electrónico: pfe.llamados@ose.com.uy, indicando en el Asunto: Ref. Nº 50/17 Técnico GGA - Obras. |
Fuente: | -Web de Ose (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.