
| Apertura | -02/02/2018 |
| Cierre: | -19/02/2018 |
| Organismo: | -Ministerio de Economía y Finanzas - Mef - (Dirección General Impositiva) |
| Id del llamado: | -0038/2018/2018 |
| Lugar: | - |
| Cargo/s: | -Asistente Campaña Irpf-Iass |
| Nº. de puestos: | -Hasta 133 |
| Modalidad de contratación: | -El contrato será por hasta 8 meses y hasta 4 meses, de acuerdo a los requerimientos de las localidades y de acuerdo al puntaje del/ de la postulante |
| Requisitos: |
Generales obligatorios
Poseer Cédula de Identidad vigente. Tener 18 años de edad o más al cierre del período de postulación. Poseer Control en Salud vigente (ex carné de Salud), el cual deberá ser presentado en caso de ser contratado. Completar el formulario de inscripción del Llamado con los datos que se indican en la página Web del portal “Uruguay Concursa”: www.uruguayconcursa.gub.uy Excluyentes Tener 1er. año aprobado u 80 créditos educativos obtenidos, de las carreras de Contador Público o Licenciatura en Economía o Licenciatura en Administración o Técnico Universitario en Administración o Abogacía o Notariado, impartido en la Universidad de la República o su equivalente en Instituciones reconocidas por autoridad competente con al menos una asignatura aprobada en el año en curso o en el año inmediato anterior. Ó egresados/as de los cursos de orientación Administración, del Bachillerato Tecnológico o de Educación Media Tecnológica del Consejo de Educación Técnico Profesional, o su equivalente en instituciones reconocidas por autoridad competente. Ó egresados del curso de la orientación Administración de Educación Media Profesional del Consejo de Educación Técnico Profesional con bachillerato completo |
| Remuneración: | -$u 16.880 + premio por presentismo al finalizar el contrato. |
| Carga horaria: | -30 horas semanales |
| Inscripción: | -Online - previo registro En la web de Uruguay Concursa. |
| Fuente: | Web de Uruguay Concursa (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
