Información resumida del llamado
Apertura |
02/02/2021
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Cierre |
19/02/2021
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Organismo |
Ministerio del Interior
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Id del Llamado |
0426-L07/21
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Lugar | Instituto Nacional de Rehabilitación
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Cargo | Agente Ejecutivo
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Nº de Puestos
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Requisitos IMPORTANTE El llamado es únicamente para personas de ambos sexos residentes en el Departamento de Colonia. (EXCLUYENTE) Previo a ocupar la vacante, los concursantes deberán aprobar el Curso de Formación y Capacitación. El proceso de formación se desarrollará en Centro de Formación Penitenciaria CEFOPEN, supervisado por la Dirección Nacional de la Educación Policial. REQUISITOS GENERALES Y OBLIGATORIOS Todo aspirante deberá cumplir con los siguientes requisitos: A. Ser ciudadano natural o legal con más de tres años de ejercicio al vencimiento de la inscripción. (EXCLUYENTE) B. Tener entre 18 a 35 años de edad cumplidos al último día del cierre del período de inscripción. (EXCLUYENTE). C. Cédula de Identidad vigente y en buenas condiciones. D. Testimonio de partida de nacimiento. E. Credencial Cívica expedida en el Departamento de Colonia, con constancia de voto según lo establecido en Art. 4 de la Ley Nº 16017 de 20 de enero de 1989. (EXCLUYENTE) F. Buena conducta, la que será probada mediante Certificado de Antecedentes Judiciales expedido por la autoridad competente. G. Tener aprobado en forma completa al vencimiento de la inscripción, el Ciclo Básico de Enseñanza Secundaria o su equivalente en el Consejo de Educación Técnico Profesional - UTU. (EXCLUYENTE) H. Rendir exámenes físicos, culturales, psicológicos y médicos. I. Ficha médica de aptitud física y estudio electrocardiográfico expedido por prestador autorizado. J. Vacuna Antitetánica vigente y dosis completa para Hepatitis B al día. K. Formulario de inscripción web. L. Declaración Jurada de quien se postula, que no presenta ninguna de las incompatibilidades o prohibiciones establecidas en estas Bases (en formulario web). M. Jura de la Bandera. N. Residencia en el Departamento de Colonia. (EXCLUYENTE). O. Y toda otra documentación que se estime conveniente solicitar. Incompatibilidades A) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa. B) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones. Prohibiciones A) Haber sido desvinculados, mediante Resolución firme por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o cualquier otra modalidad de vinculación. B) Poseer mala conducta, lo cual se acreditará mediante Certificado de Antecedentes Judiciales expedido por la autoridad competente. C) Poseer anotaciones policiales que no sean consideradas por el ordenamiento jurídico como delitos pero que demuestren conductas incompatibles con la función policial. D) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada. E) Aquellos que se hubieran acogido a alguno de los retiros incentivados inhabilitando el ingreso a la función pública. F) Consumir sustancias ilícitas de acuerdo al Decreto-Ley Nº14.294 de 31 de octubre de 1974 y sus modificativas; desarrollar algunas de las actividades descriptas en el Artículo 31 de dicho Decreto-Ley, inclusive aquellas que esa norma define como exentas de responsabilidad. A los efectos del presente artículo queda comprendida la marihuana. Ineptitudes A) No se permitirá el ingreso de postulantes que presenten tatuajes, piercings, implantes, escarificaciones u otra técnica actual o futura, que por su tamaño, ubicación o simbolismo alteren la presentación personal, la sobriedad o el adecuado porte de los uniformes. B) El postulante deberá realizar una Declaración Jurada sobre antecedentes de enfermedades padecidas previamente, incluyendo afecciones sicológicas o psiquiátricas. |
Condiciones
Contratación Efectivo (sujeto a lo dispuesto en el Art. 126 Ley Nº 17.296 y Decreto Reglamentario Nº 355/002) previo a la aprobación del Curso de Formación y Capacitación de Alumnos.
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Tareas
Desempeñar tareas relacionadas a garantizar el uso y goce de los derechos humanos de las personas privadas de libertad. Su actuación deberá guiarse por los principios contenidos en la Ley 18.315 del 5 de julio de 2008, conocida como Ley de Procedimiento Policial y en los Reglamentos aprobados por Resolución 119/2008 de la ex Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación. |
Remuneración
Percibirán mensualmente el equivalente a un salario mínimo nacional, durante el proceso de formación y hasta su ingreso al respectivo cargo o función. $ 39.405,40 (Treinta y nueve mil cuatrocientos cinco con 40/100 pesos uruguayos), incluye Presentismo y partida por tareas Prevento Represoras. Valores vigentes al 01/2020. Nota: a enero de 2021, el valor del salario mínimo nacional es de $u 17.930. |
Carga Horaria
En formación: Sujeto a las disposiciones que a tal fin establezca el Instituto Nacional de Rehabilitación. Egresados: 48 horas semanales |
INSCRIPCIÓN
Completar el formulario online, que se encuentra disponible en el sitio web del Ministerio del Interior. Toma en cuenta la información brindada por el organismo al principio de dicho formulario, rotulada como "IMPORTANTE". También, ten en cuenta que luego de la inscripción, se abrirá una etapa de presentación de la documentación solicitada en las bases del llamado: Una vez finalizada la fecha de inscripción web se publicará fecha y lugar de entrega de documentación. Con el objetivo de facilitar y estandarizar la metodología en la recepción de documentación, encontrarán disponible en la web un instructivo. |
Te recomendamos leer las bases del llamado para ampliar, confirmar, rectificar y/o actualizar la información proporcionada en este post.
La información contenida en esta publicación no sustituye la información oficial, por eso, previo a inscribirte al concurso, es muy importante que leas las bases correspondientes.
La inscripción y el posterior seguimiento, debes efectuarlos de acuerdo al procedimiento indicado por el organismo público.
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