
Apertura | -09/12/2016 |
Cierre: | -22/12/2016 |
Organismo: | -Intendencia de Canelones |
Id del llamado: | -06/16 |
Departamento/s: | -Canelones |
Cargo/s: | -Licenciado en Educación Física |
Nº. de puestos: | -Registro de Aspirantes |
Modalidad de contratación: | ------ |
Requisitos: |
-REQUISITOS GENERALES OBLIGATORIOS
– 18 años de edad o superior cumplidos al momento del cierre de la inscripción; – Ser ciudadano/a natural o legal y estar inscripto/a en el Registro Cívico Nacional. – Las/os ciudadanas/os legales no podrán ser designadas/os hasta tres años después de haber obtenido la Carta de Ciudadanía; – Cédula de identidad vigente; – Poseer aptitud física para el desempeño del cargo acreditado con el carné de salud básico, único y obligatorio vigente; – Quienes tuvieran formación en el exterior, deberán presentar la misma, debidamente legalizada o certificada mediante “Apostilla” (Ley 18836), así como traducida si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente; – No haber sido destituido/a, previo sumario administrativo, como consecuencia de la comisión de falta administrativa grave mediante decisión firme, o incumplimiento de sus obligaciones, sea en condición de funcionario publico o bajo cualquier otra modalidad de vínculo (Art. 8 Nral. 8 Est. del Funcionario); – Completar el formulario de inscripción del llamado con los datos que se indican. REQUISITOS ESPECÍFICOS EXCLUYENTES - Título de Profesor/a de Educación Física expedido por I.S.E.F.; o - Título de Licenciado/a en Educación Física expedido por el Instituto Superior de Educación Física de la Universidad de la República; o revalidado por la misma; o reconocido por el M.E.C. |
Remuneración: | ------ |
Carga horaria: | ------ |
Inscripción: | -Online - sin previo registro Completar formulario en la web de la Intendencia de Canelones |
Fuente: | - Web de la Intendencia de Canelones (acceder ahora) |
Se recomienda leer las bases del llamado para ampliar, confirmar y/o actualizar la información.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.
La inscripción y el posterior seguimiento del llamado, deben realizarse de acuerdo al procedimiento establecido por el organismo público.